LCB-FT (Lucha contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo)

La LCB-FT (lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo) designa el conjunto de obligaciones impuestas a determinados profesionales, llamados sujetos obligados: bancos, aseguradoras y proveedores de servicios de pago, pero también notarios, agentes inmobiliarios o proveedores de servicios sobre criptoactivos. Se apoya en tres pilares: conocer a su cliente (KYC, KYB, titulares reales), adaptar la diligencia al nivel de riesgo de cada relación, y declarar a TRACFIN, la unidad de inteligencia financiera francesa, las operaciones sospechosas. En Francia, estas obligaciones figuran en los artículos L. 561-1 y siguientes del Código Monetario y Financiero. El marco europeo queda refundido por el paquete AML6, aplicable a partir del 10 de julio de 2027.